Hoy en día, autores e industria editorial deben enfrentar el fenómeno del fotocopiado, toda vez que dicha práctica puede atentar contra los derechos de autor. Para identificar este problema es necesario conocer hasta dónde llega nuestro derecho a reproducir un texto y dónde termina.
Es muy fácil fotocopiar un libro, yo soy estudiante de la Autónoma y, supongo que al igual que vosotros, me he fotocopiado algún que otro libro que me hacía falta para clase. Conozco otra universidad, a parte de la mía, en la que también disponen de un sitio cerca donde te fotocopian los libros y en este sitio es hasta mejor porque ellos tienen los libros fotocopiados, por lo que no hace falta que saques el libro de la biblioteca porque con decir cual es el que quieres y con eso vale. Cualquiera puede hacer fotocopias para uso personal, pero en esta caso no es así, entonces, ¿son ilegales las copisterias?
Aquí os pongo la ley de la propiedad intelectual, que es la que se aplica en el caso de las copisterias:
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código PenalCapítulo XI, de los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores.Artículo 270.
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.
3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
Fuente: Página Web del Ministerio de Cultura
En Costa Rica han condenado a un hombre con seis años de cárcel por fotocopiar un libro, aqui ospongo la dirección de la noticia:
http://putreradio.foros.ws/viewtopic.php?p=278
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1 comentario:
Muy buena la noticia, ¿¿quien no ha fotocopiado libros??es cierto que en la mayoria de las universidades existen tiendas para fotocopias que hacen las copias de los libro. Todos los profesores suelen tener un libro de cabecera que siguen y que pretenden que compremos...pero a razón de 30 euros (mínimo!) cada libro por unas 6 asignaturas que solemos tener de media...180 euros en libros al cuatrimestre (y eso tirando por lo bajo...) dudo que todos los estudiantes estemos dispuestos a dejarnos ese dinero en los originales...asi que supongo que seguiremos fotocopiando!!un saludo!!
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